lunes, 22 de octubre de 2012

LA TEORÍA DE LA JUSTICIA JOHN RAWLS


LA TEORÍA DE LA JUSTICIA
JOHN RAWLS

John Rawls pretende en su teoría de la justicia establecer de alguna manera la igualdad y equidad a través de dos principios fundamentales consistentes en: el principio de libertades o de distribución de igual número de esquemas de libertades para todos, así como el principio  de diferencia, en dónde las desigualdades económicas y  sociales habrán  de ser conformadas de modo tal que a la vez que: a) se espere razonablemente que sean ventajosas para todos, b) se vinculen a empleos y cargos asequibles para todos.

Partiendo de estos dos principios en dicha teoría será necesario establecer que se entiende por justicia y es que el autor desde mi parecer no alcanza a definir de una manera clara y precisa dicho concepto, toda vez que involucra las cuestiones morales a través de principios y valores importantes para la correcta aplicación de la justicia, en dónde, se precisa de manera muy subjetiva que la justicia será todo aquello que haga feliz al individuo, lo que da lugar a un sinfín de interpretaciones si partimos desde esta definición.

Es por ello que considero que si bien es cierto el autor procura que la justicia sea de manera igualitaria y equitativa para la ciudadanía en su totalidad, también lo es que difícilmente se llegará a un consenso en dónde todos o casi la mayoría concuerden con la felicidad de cada uno de ellos. Me parece muy buena la idea que establece el autor cuando dice que las libertades primarias deben de ser aplicadas para todos y que es necesario un segundo principio de diferencia como complemento del primero ya que es necesario una verdadera vinculación entre estos principios, y es que, si nos situamos hoy en día con nuestra realidad actual podemos percatarnos de que difícilmente exista un acuerdo de opiniones por lo que hace a lo verdaderamente justo, toda vez que los pobres cada vez se hacen más pobres y los ricos más ricos, que sería una visión totalmente contraria a lo que en su momento Rawls pretendió establecer en su teoría en comento.

Nos podemos percatar de que la situación real no ha de manejarse bajo la concepción de que exista una relación entre justicia y moral para alcanzar la satisfacción de moral y es que, Rawls parte de un contrato muy conocido y debatido llamado contrato social, en el que, supuestamente la ciudadanía se compromete a cumplir ciertas obligaciones con la finalidad de mantener una igualdad, libertad, equidad, entre otros derechos para una mejor convivencia, aunque nuestro verdadero sistema no funcione de esa manera.

En ese sentido una crítica que haría por lo que hace a la definición de justicia por este autor es que difícilmente podría llegarse a una legitimidad justa, si partimos que existen un sinfín de culturas y subculturas, en las que cada una de ellas considerará desde su muy particular criterio que es lo correcto o en su defecto lo bueno o malo que debe de hacerse dentro de una comunidad, de ahí que se mencione la subjetividad que se deriva de ello pues lo que se verá reflejado de lo anterior será que cada quien considerará que es la felicidad y cómo es que habrá de hacerse para llegar a ella.

Ahora bien, es necesario para dar cumplimiento a esta teoría, tener presente que el estado deberá de dotar de posibilidades y herramientas a la ciudadanía para dar cumplimiento a los satisfactores que tengan como resultado una felicidad, en la que deba de ser ventajosa para todos, aunque con una igualdad relativa ya que de acuerdo a nuestro tiempo y espacio, encontrándonos en pleno siglo XXI, será necesario otorgar más beneficios a los desiguales por no tener un punto mínimo de partida por así decirlo, totalmente desigual, pero claro no partiendo de quitarles o afectar a los que ya tienen esas posibilidades, sino que más bien se velará únicamente por esos benefactores tanto colectivos como particulares.

Claro está en que esta teoría debe de estar bien regulada con la finalidad de que no se lleve a cabo la destrucción misma de la ciudadanía por alcanzar ese fin último, ya que de otro modo no podría llevarse a cabo la teoría tan interesante propuesta por este autor, que desde mi punto de vista pudiera equipararse con el principio de proporcionalidad en dónde todos partiríamos desde las mismas oportunidades sin distinción alguna, aunque es importante no llevarlas al extremo como lo es en el caso de la toma de decisiones por cuanto hace a una mala aplicación de reformas a determinadas leyes que pudieran ser hasta cierto punto ventajosas solo para unos cuantos rompiendo cuantos principios se hayan establecido, tal es el caso de la reforma laboral en la que pudiera estar de acuerdo no en su totalidad así como en desacuerdo por otras circunstancias.

miércoles, 3 de octubre de 2012

¿JUSTICIA MÁS ALLÁ DE LOS LÍMITES DE LA RECIPROCIDAD? ADELA CORTINA


¿JUSTICIA MÁS ALLÁ DE LOS LÍMITES DE LA RECIPROCIDAD?
ADELA CORTINA

La autora manifiesta que debe de existir un pacto político siguiendo a Hobbes, en el que las personas que sean capaces de razonar y de cumplir con determinados acuerdos que permitan vivir con cierto respeto, de acuerdo a determinados valores y a la moral, tendrán derecho a respetar y ser respetados y por consiguiente tomados en cuenta en una sociedad determinada.

Aunque esto da lugar a una controversia por parte de los animalistas en el que manifiestan que si las personas que pueden razonar y por consiguiente comprometerse a dar cumplimiento a determinados derechos y obligaciones, y se toman en cuenta las personas que se encuentran en estado vegetativo, con capacidades diferentes y a los niños que no tienen por decirlo de una manera, la capacidad precisamente para ser razonables y aún y con todo se les toma en cuenta y se considera que tienen los mismos derechos que cualquier otra persona, entonces porqué los animales no pueden ser parte de esa sociedad con los mismos derechos que todos los demás.

Pero tanto el utilitarismo que es el que se dedica a defender a los animales como el biocentrismo que se dedica a velar por la naturaleza, tienen ciertos límites dice la autora Adela Cortina en el sentido de que si bien es no tienen la capacidad para ser seres razonables también lo es que se deben de situar en un mundo de recíproco en el que se entienda que no pueden tal vez cumplir con ciertos pactos en virtud de que no lo entienden, pero esto no significa que no tengan derechos por lo que hace a su forma de vivir y de como desenvolverse y ser tomados en cuenta por los seres razonables que son los seres humanos.

Los utilitaristas argumentan que si ha de considerarse que se tienen derechos y obligaciones por parte de los seres humanos y que a su vez estos son considerados de acuerdo a ciertas sensibilidades como lo son el placer y el dolor, entonces, en esta lógica tanto los animales como la naturaleza tienden a sentir lo mismo, es por ello que debieran de ser tomados en cuenta. Pero a todo esto la misma autora considera que no es más que sensibilizar a la humanidad a través de una moral que sea aplicable para todos en el que exista esa reciprocidad que debe de ser tomada en su conjunto tanto por la comunidad moral, es decir, en lo individual en dónde se tenga la capacidad para respetar esos derechos, esas leyes, que permitan ese respecto entre los mismos seres humanos, tanto para con los animales, las plantas y la naturaleza en su conjunto, así como en una comunidad política en donde es tomada en cuenta desde lo social, apegándose a lo que la misma autoridad imponga para mantener esa reciprocidad de respeto que tanto se toma en cuenta y se ha discutido a lo largo de la presente lectura.

La autora de la presente lectura toma una postura más moral que otra cosa, y esto es importante y respetable, en virtud de que muchos otros autores únicamente se apegan a lo que dice la normatividad a la que hemos de apegarnos para tomar en cuenta esa paz y tranquilidad que nosotros como sociedad buscamos, es relevante como se pretende dar ese valor ético y moral tanto a los animales y a la naturaleza en general en virtud de que hoy día los humanos nos preocupamos más por sobrevivir de una manera digna y decorosa que por lo que ocurra a nuestro alrededor.

No se le da la importancia adecuada, aún y que está este regulada por la propia ley que se impone en nuestra sociedad, pero en ocasiones esto no es suficiente, considero que Adela Cortina, pretende que se entienda esto de los derechos y obligaciones mutuos no por que así nos lo impongan, sino más bien porque es lo correcto en el sentido de que se debe de tomar en cuenta como un todo, más no porque tengamos esa imposición, sino que más bien es cuestión precisamente de ese razonamiento del que se pregona tienen los humanos y de que estando dentro de un pacto social se debe de hacer cumplir lo que se establece así como respetar a todos aquellos seres que forman parte del mismo aunque se cuenten con derechos indirectos y no se tengan obligaciones determinadas, esto es, por lo que hace a la naturaleza y a los animales.