viernes, 14 de septiembre de 2012

LA INSTITUCIONALIZACIÓN DE LA JUSTICIA ROBERT ALEXY


LA INSTITUCIONALIZACIÓN DE LA JUSTICIA
ROBERT ALEXY

El autor en su lectura manifiesta que la justicia va más bien relacionada con lo que es la distribución y la compensación, esto a diferencia de Vigo manifiesta que no solamente se queda con que la justicia extrema no es justicia citando también a Radbruch, y es que tampoco tiene que ver con darle a cada quien lo que se merece porque considero que más bien esta última definición tiende a ser muy subjetiva.

Por lo que hace a la distribución podemos decir que va enfocada a lo que es el derecho de proporcionalidad y tiene que ver con la equidad, llevándonos a que esta última va dirigida a lo cuantitativo mientras que la igualdad va por lo que es lo cualitativo, sin embargo la compensación se refiere a la restitución de algo.

Asimismo, por lo que hace a la justicia como corrección tenemos que es necesario contar con estos dos elementos principales mencionados anteriormente distribución y compensación, en caso de que no exista un adecuado equilibrio por así decirlo, entonces debe de existir la correcta aplicación de la justicia para mantener el sistema correcto sin alteración alguna.

Por otra parte el autor manifiesta que para llevar a cabo una correcta aplicación del discurso por lo que hace a la justicia se debe de tomar en cuenta ciertas características indispensables entre las que destacan la no contradicción, la universalidad, verdad empírica, ponderación, libertad de expresión, igualdad, codificación del lenguaje, aunque por cierto esta última característica es fundamental en virtud de que es necesario, manejar dependiendo del tipo de auditorio el tipo de lenguaje que se debe utilizar para llegar a cumplir el objetivo determinado, que es en este caso el discurso práctico racional.

En este sentido se tiene que el discurso práctico racional se debe de observar desde dos perspectivas que son el subjetivismo dirigido a las tradiciones y la cultura determinados de una sociedad o comunidad específica, así como el objetivismo que está más bien apegado a lo que es el positivismo, es decir, va encaminado a lo que la ley establece a todo aquello que se considera dentro de la normatividad aplicable.

De ahí que manifieste mi coincidencia por lo que el autor indica a lo largo de su lectura y es que considero que tiene razón por lo que hace a la relación de los dos conceptos fundamentales por cuanto hace a la distribución y compensación respecto de lo que compone a la justicia, creo que si bien es cierto este término es un tanto difícil de definir también lo es que se aproxima a la verdadera aplicación de lo que se cree es la justicia, ya que en el derecho se cuenta con infinidad de palabras que aún no cuentan con una definición determinada y porque no partir que claro ejemplo de ello es de manera principal el propio concepto de lo que define al ámbito legal que es el derecho, pero creo también que es muy acertado en la forma en la que asocia estos dos conceptos como ya lo había mencionado.

Así mismo, considero que por lo que hace al discurso práctico racional es necesario que se cuente con las características necesarias y suficientes para llevar a cabo el mismo y más aún si se tienen contemplados con la finalidad de cumplir un objetivo primordial, en ese sentido lo importante dentro de nuestro sistema jurídico es saber manifestar y en su defecto transmitir lo que se pretende ya que como es bien sabido no existen verdades absolutas pero lo mas importante es que sólo el mejor argumento es el que va a prevalecer mientras no haya otro mejor que lo sustituya.

No hay comentarios:

Publicar un comentario